MESA DEL SECTOR PÚBLICO
PROPUESTA DE REAJUSTE Y MEJORAMIENTO DE LAS CONDICIONES
LABORALES NEGOCIACIÓN COLECTIVA DEL SECTOR PÚBLICO, CENTRALIZADO Y
DESCENTRALIZADO
OCTUBRE 2014
Las organizaciones abajo firmantes, todas debidamente
identificadas, representantes de los/as Trabajadores/as del Estado, tanto del
sector centralizado como descentralizado, afiliadas a la Central Unitaria de
Trabajadores, la que coordina y dirige el Proceso de Negociación Colectiva que
cada año se instala con el Ejecutivo sobre condiciones laborales, reajuste de
remuneraciones y otras materias, vienen en presentar el siguiente petitorio de
carácter nacional.
I . FORTALECER LA FUNCIÓN PÚBLICA Y CONSTRUIR “MÁS Y MEJOR
ESTADO” AL SERVICIO DE LAS MAYORÍAS DE CHILE
Nuestro país vive un momento histórico trascendente en que
se proyectan profundas transformaciones en respuesta a las demandas y
esperanzas de la ciudadanía. La mayor parte de estas aspiraciones, sino todas
ellas, descansan en la recuperación del rol del Estado y en su capacidad de
garantizar el ejercicio de los derechos sociales, económicos y culturales, así
como de los derechos fundamentales, de la inmensa mayoría de los/as chilenos/as
que hoy sufren las consecuencias de la mercantilización y precarización de la
función pública.
El Programa de gobierno de la Nueva Mayoría contiene esta
idea central bajo el planteamiento de “un mejor Estado para el nuevo ciclo del
país”, expresando que “Chile necesita de un Estado moderno que impulse el
desarrollo, que asegure condiciones de competencia y vele por el acceso, la
calidad y la satisfacción de los servicios públicos que entrega a los ciudadanos.
Un Estado innovador, eficiente, que entrega soluciones oportunas y en el que
prevalezcan el buen trato y la transparencia”. Más adelante, y utilizando un
concepto, que nuestras organizaciones han propugnado y defendido por años,
sintetiza esta visión expresando que “la concreción de las principales medidas
de este programa requiere de más y mejor Estado”.
Es evidente que esta perspectiva de futuro implica enormes
desafíos para los servicios públicos y particularmente para los/as
trabajadores/as del Estado. Frente esta perspectiva de fortalecimiento de la
función pública es indispensable avanzar en reformas legales que consoliden un
nuevo marco de relaciones laborales en el Estado. Sólo sobre la base de garantizar
Trabajo Decente para los/as funcionarios/as públicos/as es posible construir
más y mejor Estado para la ciudadanía .
El gobierno anterior y su actuación respecto del empleo
público dejó en evidencia la fragilidad de las condiciones laborales y los
derechos colectivos de los/as funcionarios/as públicos, así como la absoluta
falsedad de las premisas que por años han sustentado la involución y
precarización del Empleo Público.
Al asumir el gobierno, el pasado 11 de marzo, la Presidenta
de la República expresó que " Chile tiene solo un gran adversario y se
llama desigualdad ". Compartimos plenamente esta premisa en el contexto
nacional y venimos a demandar que en el Estado, en su condición de empleador,
se proyecte una agenda que se proponga superar las numerosas inequidades que se
han instalado y profundizado en el empleo público.
Proponemos, en consecuencia, proyectar un Agenda de Trabajo
del gobierno con la MSP, que establezca un cronograma de funcionamiento, con
plazos 6 y 10 meses, para concordar las modificaciones estructurales del Empleo
Público que permitan garantizar Trabajo Decente, las que deberán plasmarse en
Proyectos de Ley a ser presentados durante el próximo período legislativo.
Cada uno de los siete capítulos siguientes del presente
Pliego de Negociación, establece demandas que la Mesa del Sector Público
presenta para su resolución en los marcos del actual proceso de negociación y,
define aquellas de carácter estructural, que demandan procesos de discusión y
evaluación de mayor alcance, para su incorporación en la agenda de trabajo
antes propuesta.
II . COBERTURA UNIVERSAL Y DIRECTA DE LA NEGOCIACIÓN CON
FINANCIAMIENTO FISCAL
La Negociación Colectiva del Sector Público, encabezada por
la Mesa del Sector Público y coordinada por la CUT Chile, ha recorrido un largo
camino desde su instauración como práctica anual, a inicios de los años 90 del
siglo pasado. Nuestras organizaciones han requerido insistentemente el
garantizar la cobertura universal de los reajustes y beneficios incorporados en
esta negociación, a pesar de lo cual persisten realidades de exclusión y
limitaciones a esta premisa fundamental de nuestro proceso de Negociación
Colectiva.
Es por ello que exigimos que todas las demandas económicas y
laborales que se detallan en el presente Proyecto de Negociación se hagan
extensivas a todos los/as funcionarios/as públicos/as, indistintamente del
marco laboral que los rige, sea que laboren en el sector centralizado,
descentralizado y en organismos autónomos, estén regidos por Estatutos sectoriales,
el Código del Trabajo o leyes particulares, en el sector público municipal,
universidades estatales, servicios traspasados, colegios subvencionados,
administración delegada por Decreto 3166/81, funcionarios regidos por el artículo
2° Ley 19.464, funcionarios de la administración central de los DAEM/DEM y en
jardines infantiles sin fines de lucro con transferencia JUNJI.
El efectivo alcance universal de los resultados de la
negociación que iniciamos con la presentación del presente documento, y en
consecuencia del Proyecto de Ley de Reajuste General que el Ejecutivo remitirá
al parlamento, es de primera prioridad para la Mesa del Sector Público.
Rechazamos la persistencia y profundización de criterios de inequidad y
discriminación entre funcionarios/as públicos, por el sólo hecho de
desempeñarse en instituciones regidas por cuerpos legales diversos.
Demandamos que, en todos los casos y para todas las medidas,
se contemple la transferencia íntegra de los fondos fiscales que financien el
costo global de cada una, incluidas las asignaciones. Demandamos asimismo que
las normativas de derechos laborales que se concuerden contemplen su plena en
cobertura en la legislación que se apruebe. Ésta es la única forma de garantizar
el alcance universal de las medidas propuestas y es, por tanto, el criterio
inicial que la Mesa del Sector Público expone.
III . REAJUSTE REAL DE REMUNERACIONES Y BENEFICIOS
ECÓNOMICOS PARA AVANZAR EN EQUIDAD
Un 2,6% real fue el incremento promedio alcanzado por la
Mesa del Sector Público en los dos últimos procesos de Negociación Colectiva
con el Gobierno de derecha. Un incremento del 5,0% real es lo que hoy
solicitamos al gobierno de la presidenta Michelle Bachelet, que resultó electa,
con una amplia ventaja en las urnas, comprometiendo un gobierno que se haría
cargo de las escandalosas desigualdades que atraviesan a nuestro país. En
consecuencia, demandar un aumento escalonado de 7% y 5% sobre IPC, nos parece
el monto mínimo que las trabajadoras y trabajadores públicos deben exigirle a
un gobierno que ha prometido avanzar en justicia social.
Con una inflación anualizada de un 4,9%, un presupuesto 2015
que aumenta el gasto público en 9,8%, una proyección de crecimiento para el año
próximo de 3,6%, con el Ministro de Hacienda ofertando atractivas garantías al
capital extranjero en Inglaterra a través del Chile Day, las y los trabajadores
públicos esperamos que el gobierno sepa también ofrecer un reajuste real
decente a los/as funcionarios/as públicos/as.
3.1 . Reajuste Real de las Remuneraciones.
La Mesa del Sector Público ha definido modificar el formato
de presentación de su demanda de reajuste para dar cuenta plena de que el
objetivo de la negociación es recuperar el poder adquisitivo perdido por efecto
de la inflación e incrementar el valor real de las mismas. Entendemos que el
incremento de los salarios es la única forma de avanzar en una mejor
distribución del ingreso en nuestro país y, por tanto, reducir la inequidad,
que es el objetivo primario que el gobierno ha propuesto al país.
Reajuste de un 7% real, valor base para todos los
funcionarios y funcionarias que al 30 de noviembre del presente año obtengan un
ingreso líquido mensual, excluyendo las asignaciones de zona y de zonas
extremas, inferior a $ 801.000. y de un 5% real para quienes perciban
remuneraciones por sobre dicho valor.
Reiteramos nuestra demanda de cobertura en orden a que este
aumento, fijado por ley, deberá incluir a todos los/as funcionarios/as
públicos/as, indistintamente del marco laboral que los rige, sea que laboren en
el sector centralizado o descentralizado, regidos por los Estatutos sectoriales
o el Código del Trabajo, en el sector público municipal, universidades
estatales, servicios traspasados, colegios subvencionados, administración
delegada decreto 3166, funcionarios regidos por el artículo 2° Ley 19.464,
funcionarios de la administración central de los DAEM/DEM y jardines infantiles
sin fines de lucro con transferencia JUNJI. En todos los casos la transferencia
de los fondos debe ser íntegra, incluidas las asignaciones.
3.2 . Remuneraciones Mínimas del Sector Público.
Es deber del Estado asegurar Trabajo Decente, cuyo punto de
partida es una remuneración justa y que garantice condiciones de vida dignas.
Existiendo hoy una fijación de estas remuneraciones mínimas para los estamentos
auxiliar, administrativo y técnico, estimamos necesario dar cuenta de que estos
valores tengan impacto efectivo en los segmentos de menores remuneraciones de
cada estamento, y no constituyan sólo una formalidad en la ley. Por lo cual, la
Mesa del Sector Público requiere conocer el universo de funcionarios/as que se
ven beneficiados por esta norma y demanda que a partir del 1 de diciembre del
año 2014 ningún trabajador/a que se desempeñe en el Sector Público, universo
definido anteriormente, obtenga un ingreso líquido mensual por estamento
inferior a:
ESTAMENTOS Ingreso Mínimo
AUXILIARES $300.000
ADMINISTRATIVOS $350.000
TECNICOS $400.000
Para el efecto de lo dispuesto, debe otorgarse al personal
referido anteriormente y afecto al sistema remuneraciones vigentes en el Sector
Público, una bonificación mensual de un monto equivalente a la diferencia entre
su remuneración bruta mensual y la cantidad mínima antes establecida, la que
irá disminuyendo en la medida que la remuneración bruta mensual del funcionario
se incremente por cualquier causa. Esta bonificación será imponible sólo para
salud y pensiones y no será considerada base de cálculo para determinar
cualquier otra clase de remuneraciones ni para ningún otro efecto legal. Se
debe considerar, para los efectos de esta norma, que integran la remuneración
bruta mensual respectiva los estipendios de carácter permanente o habitual,
excluyéndose las diversas asignaciones y bonificaciones de zona.
3.3 . Valores de Beneficios Diciembre 2014 – Noviembre 2015.
Beneficios Valores Línea de corte Renta Tope
$ 2014-2015 2014-2015
Ag. Navidad alto 51.027 < $ 801.000 Líquido ------
Ag. Navidad bajo 26.992 > $ 801.000 Líquido $ 2.200.000
Bruto
A Fiestas Patrias alto 65.700 < $ 801.000 Líquido ------
A Fiestas Patrias bajo 45.607 > $ 801.000 Líquido $
2.200.000 Bruto
B. Escolaridad General 63.893 S/línea de corte $ 2.200.000
Bruto
B. Adicional Escolaridad 26.992 < $ 801.000 Líquido
------
Bienestar 111.307 S/línea de corte S/ exclusión
B. Vacaciones 200.000 S/línea de corte $ 2.200.000 Bruto
Demandamos la unificación de la Línea de Corte para todos
los beneficios en $801.000 líquidos. Exigimos asimismo que esta Línea de Corte
excluya las asignaciones y bonificaciones de zona y de zonas extremas, cuyo fin
es nivelar los salarios de los funcionarios públicos que laboran en zonas
extremas y aisladas del país y cuya incorporación en su determinación,
distorsiona la entrega de dichos beneficios para este universo de trabajadores
del Estado.
Reiteramos que el conjunto de los beneficios aquí
planteados, incluido el aporte de Bienestar, llegue a todos los/as funcionarios/as
públicos/as representados en esta negociación, ya sea se desempeñen en el
sector centralizado, descentralizado, regidos por los Estatutos sectoriales o
el Código del Trabajo en el Sector Público, municipal, universidades estatales,
servicios traspasados, colegios subvencionados y de administración delegada por
decreto 3166-81, funcionarios regidos por en el artículo 2º de la ley Nº19.464,
funcionarios de la administración central de los DAEM/DEM y en jardines
infantiles sin fines de lucro con transferencia JUNJI. En todos los casos,
demandamos la transferencia íntegra de los fondos y asignaciones que financien
el costo global de esta medida.
3.4 . Bono Término de Negociación.
En la fase final del proceso de negociación el Gobierno y la
Mesa del Sector Público convendrán un Bono de Término, cuyo monto será
determinado de común acuerdo entre las partes.
IV . GARANTIZAR LOS DERECHOS SOCIALES DE LOS/AS
TRABAJADORES/AS DEL ESTADO
4.1 . Un Nuevo Sistema Previsional.
Las y los trabajadores del Sector Público abogamos por un
sistema previsional de reparto, de carácter público, solidario, sin fines de
lucro, de administración estatal y que garantice una tasa de remplazo digna de
a lo menos un 70%, con participación garantizada de las y los trabajadores y un
rol preponderante del Estado.
Para avanzar en este nuevo sistema previsional resulta
imperioso impulsar cambios estructurales al sistema actual, que aseguren una
pensión decente para las trabajadoras y trabajadores chilenos así como una
inversión de estos fondos potenciando el desarrollo nacional en vez de
alimentar el lucro de entidades especulativas tanto nacionales como extranjeras.
En consecuencia señalamos que una AFP estatal no es la solución que los
trabajadores públicos demandamos, nuestra reivindicación es terminar
definitivamente con el sistema actual de capitalización individual para reponer
un sistema de reparto que garantice a las y los trabajadores una pensión digna
y justa.
4.2 . Ampliación del Bono Postlaboral e Incentivos al
Retiro.
El programa de gobierno de la Nueva Mayoría plantea que “un
empleo decente debe permitir a los funcionarios de mayor edad, retirarse
dignamente de la función pública”, afirmación que recogemos y compartimos
plenamente. Es claro que, debido al daño previsional sufrido por miles de
funcionarios/as públicos/as por la subcotización a la que se los sometió, pero
sobre todo por el rotundo fracaso del sistema de AFP, los/as funcionarios/as
públicos/as enfrentan a la decisión de retiro con la perspectiva cierta de
reducir drásticamente sus ingresos, sino de caer en la pobreza.
Por ello, demandamos ampliar el Bono Postlaboral, regido por
la Ley 20.305, en el entendido que se trata del único instrumento vigente que
garantiza un incremento permanente de las pensiones. Proponemos que se amplíe
su cobertura, se incremente significativamente su monto y se revisen los
criterios de tasa de reemplazo que lo rigen, con objeto de incrementar los
ingresos permanentes de quienes decidan
retirarse del sector público. Las condiciones de acceso al Bono Postlaboral, en
estas nuevas condiciones, deben asumir su plena compatibilidad con cualquier
otro instrumento de incentivo al retiro, atendiendo a que se trata de medida
una inmediata ante la incapacidad del sistema previsional vigente de garantizar
pensiones dignas, para lo cual no es factible esperar a que las
transformaciones estructurales del sistema, a las que aspiramos, modifiquen
esta realidad. Sólo de esta forma comprendemos se puede avanzar hacia la
posibilidad de los/as trabajadores/as del Estado de retirarse dignamente.
Adicionalmente, y en concordancia con el compromiso de
programa sobre la materia, demandamos establecer planes de incentivo al retiro
permanentes, lo cual aseguraría un flujo conocido y constante, posible de
cuantificar y presupuestar y que incentivaría a las trabajadoras y trabajadores
a planificar su retiro en sus respectivas instituciones.
Entendemos que estos planes de retiro deben tener como base
las modalidades realizadas en procesos anteriores con sus trabajadores/as,
considerando como base mínima, las mejores condiciones incorporadas en los
planes vigentes o ya vencidos, y proceder a estudiarlos en conjunto con las
organizaciones de los/as trabajadores/as.
Proponemos incorporar al incentivo al retiro, atendiendo a
sus condiciones particulares, a aquellas trabajadoras y trabajadores que
jubilan por invalidez o enfermedades catastróficas y agregar otras variables
para acceder a este beneficio, como enfermedades invalidantes y/o permanentes y
los periodos de trabajo pesado. Este derecho debe estar disponible para el/la
trabajador/a al momento de cesar sus funciones en la administración pública,
por dichas causas, y no sólo cuando cumpla la edad de jubilar por vejez.
4.3 . Seguro de Cesantía.
Demandamos la incorporación del los/as funcionarios/as
públicos/as representados en esta negociación al Seguro de Cesantía, en tanto
se trata de un derecho laboral y social que debe tener carácter universal para
todos/as los/as trabajadores/as indistintamente del empleador o los marcos
laborales que los rijan. Se trata de superar una discriminación arbitraria que
se ha mantenido hacia los/as trabajadores/as del Estado, y que los ha excluido
de uno de los componentes de la seguridad social garantizados para los/as
trabajadores/as chilenos/as. El derecho al seguro de cesantía deberá
garantizarse para el conjunto de trabajadoras/es públicos ya sea que estén
contratados en régimen de planta o en calidad de contrata, y deberá operar
independientemente de las causales de desvinculación, como un derecho de
protección social universalmente garantizado.
4.4 . Cuidado Infantil de cobertura universal.
Demandamos que todos los/as niños/as, de dos a cuatro años
once meses, hijos/as de funcionarios/as públicos/as, tengan el derecho a la
Educación Inicial, considerando la existencia y el acceso a los jardines
infantiles, ello dado que este segmento etario de niños/as hoy no tiene
asegurado este derecho fundamental.
Demandamos asimismo, la ampliación del derecho a Sala Cuna
para todos los funcionarios públicos, derecho que hoy asiste a las mujeres como
obligación legal, excluyendo a los hombres. Particularmente, requerimos la
implementación inmediata del acuerdo alcanzado en la negociación anterior sobre
ampliación parcial del derecho a Sala Cuna a los funcionarios públicos.
En todos los casos, requerimos que se asignen o transfieran
los recursos necesarios para cumplir esta demanda en los Presupuestos de los
Servicios e Instituciones, y que su provisión sea de costo estatal, de acuerdo
a los principios de Cobertura y Financiamiento de la presente negociación.
Es función de Estado velar por la fiscalización del
cumplimiento de la Ley sobre el derecho a salas cunas de las trabajadoras, bajo
este marco solicitamos la implementación de salas cunas y jardines infantiles
en todos aquellos servicios públicos que aún no lo implementan. Asimismo,
requerimos concordar un plan de inversión para el mejoramiento de las
condiciones de las salas cunas y jardines infantiles existentes para
garantizar, en todos los casos, una atención de calidad a los/as hijos/as de
los/as trabajadores/as del Estado.
4.5 . Aportes de Bienestar.
Demandamos la extensión del Aporte de Bienestar para el
conjunto de los/as trabajadores/as públicos/as representados en esta
negociación y cuya cobertura fue definida anteriormente, concordando los plazos
y procesos necesarios para su completa realización, en el marco de las Mesas de
Trabajo instaladas sobre la materia.
V . UN ESTADO EMPLEADOR QUE GARANTICE TRABAJO DECENTE
La Mesa del Sector público reivindica, para el conjunto de
los/as trabajadores/as del Sector Público contar con un empleo justamente
remunerado y en condiciones de libertad, equidad, seguridad y respeto de la
dignidad humana durante todo su ciclo de vida laboral. La plena implementación
del Trabajo Decente en el Estado es un objetivo irrenunciable y que debe
movilizar todos los esfuerzos necesarios para que el Estado, en su calidad de
empleador, se convierta en un ejemplo y referente para el sector privado.
5.1 . Erradicación del Trabajo Precario en el Estado.
Son múltiples las formas de precarización del empleo que se
ha instalado y persisten en el ámbito público. La Mesa del Sector Público
demanda la regularización de todas ellas, y la incorporación de esos
trabajadores/as a las condiciones generales del empleo público, como un paso
inicial para construir Trabajo Decente en todos los ámbitos del Estado.
Demandamos regularizar los empleos permanentes provistos
bajo la modalidad de honorarios, situación que vulnera la ley que expresamente
permite el régimen a honorarios, sólo cuando se trata de “labores accidentales
y que no sean las habituales de la institución”. Este proceso debe incorporar a
todas las modalidades existentes, sean a suma alzada (subtítulo 21) o de
prestación de servicios (otros subtítulos de gasto), así como a quienes cumplen
jornadas parciales, siendo el único criterio ordenador del proceso el que
cumplan funciones permanentes de las instituciones.
Nuestra demanda se extiende a aquellos trabajadores/as que
se desempeñan en programas u otras figuras presupuestarias, ya que la evidencia
demuestra que, en su gran mayoría, no se trata de funciones esporádicas, ni acotadas,
sino de funciones permanentes de las instituciones que persisten bajo estas
figuras. Demandamos también la regularización de estos/as trabajadores/as en
las mismas condiciones mencionadas anteriormente.
Incluso en el caso en que el Estado defina el desarrollo de
iniciativas de carácter no permanente, demandamos que se garanticen condiciones
de contratación que aseguren a los/as trabajadores/as derechos sociales y
laborales plenos. No existe razón para que el Estado mantenga a miles de ellos
en condiciones de precariedad, o sujetos a contratos de honorarios de mejor o
peor calidad, dependiendo de la voluntad de cada institución.
Pero nuestra demanda no se agota en la regularización de
los/as trabajadores/as que actualmente se desempeñan en estas precarias
condiciones. Aspiramos a modificar la legislación vigente con el fin de
establecer una regulación clara y expresa que restrinja la modalidad de
contratación a honorarios, únicamente a las funciones de asesoría y
consultoría, definiendo como único modo de contratación por parte del Estado
para el cumplimiento de sus funciones permanentes, las condiciones generales
del empleo público.
Finalmente, demandamos que en las labores que el Estado
licita se modifiquen los marcos vigentes de la Ley de Compras Públicas para
garantizar que los/as trabajadores/as que cumplan dichas funciones cuenten con
condiciones dignas de trabajo y salarios decentes. Las normas de control
actualmente vigentes establecen mínimos insuficientes sobre esta materia,
restringidos prácticamente al cumplimiento de las obligaciones previsionales y
a la exclusión de empresas condenadas por vulneración de derechos
fundamentales, lo que constituye un estándar insuficiente.
5.2 . Estabilidad laboral.
Demandamos estabilidad laboral para el conjunto de
trabajadoras y trabajadores públicos, más allá de los instrumentos y regímenes
que regulen las relaciones contractuales en cada servicio público. Los miles de
desvinculaciones arbitrarias, ilegales e injustificadas durante la
administración del gobierno de derecha, dejaron en evidencia la falsedad de las
argumentaciones respecto de la supuesta inamovilidad o inflexibilidad del
empleo público. Lo cierto es que han quedado en evidencia los niveles de
indefensión de los/as funcionarios/as públicos/as ante los despidos
injustificados.
Es por ello que demandamos la modificación del sistema de
empleos a contrata para establecer su renovación automática al término de su
vigencia, a menos que, con una anticipación previamente establecida en la ley,
se notifique de su no renovación, sobre la base de una resolución fundada en la
plena aplicación de los mecanismos de evaluación existentes, como únicos
instrumentos para determinar la continuidad laboral y la eliminación de toda
forma de discrecionalidad en su aplicación e implementación. Entendemos que
esta medida transitoria e inicial, concuerda con el compromiso del programa de
gobierno que indica que “en relación al personal a contrata estudiaremos
esquemas que ofrezcan mayor estabilidad a estos trabajadores”.
Asimismo, la Mesa del Sector Público expresa su rechazo a la
inestabilidad laboral generada por la Ley SEP, que afecta a un importante y
creciente número de trabajadores/as del ámbito de la educación. En consecuencia
demandamos que se modifiquen los cuerpos legales que rigen a estos/as
trabajadores/as para garantizar su estabilidad laboral e impedir que los
mecanismos de financiamiento sean excusa para precarizar el trabajo de los/as
trabajadores/as de la educación.
Asimismo, requerimos se tomen las medidas administrativas y
legislativas necesarias en función de garantizar empleos estables para todos/as
aquella/os trabajadoras/es contratadas por Proyectos y que se desenvuelven en
labores propias y permanentes de los servicios y entidades públicas.
5.3 . Carrera Funcionaria.
Reivindicamos el derecho a desarrollar una carrera
funcionaria, entendida ésta como un sistema integral que promueva el desarrollo
y promoción de las y los funcionarios a través de su vida laboral y que permita
alcanzar niveles de excelencia y calidad de la función pública. Una carrera
sustentada en principios de objetividad, transparencia, fluidez y justicia,
vinculados a los conceptos de trabajo decente, que significa un empleo estable,
con seguridad social, con carrera efectiva y respeto a los derechos laborales.
Aspiramos a que el gobierno avance significativamente en
dicha materia, de conjunto con nuestras organizaciones, para terminar con las
modalidades altamente discrecionales vigentes y garantizar sistemas de carrera
funcionaria para los/as funcionarios/as públicos/as, basados en procesos
conocidos y objetivos, que releven la experiencia y el mérito como fundamento
del desarrollo profesional en el Estado.
5.4 . Traspaso del personal a contrata a la calidad jurídica
de planta o titular.
Exigimos el cumplimiento las normativas legales que limitan
el número de funcionarios a contrata de una Institución. De ésta forma
demandamos específicamente, regularizar esta situación por la vía de
incrementar los cargos de planta o de su ingreso a la calidad de titulares, ya
sea se trate de trabajadores del sector centralizado, descentralizado,
municipal, servicios traspasados o universidades estatales.
En términos inmediatos, demandamos que en aquellas
instituciones en que existen cargos de planta vacantes, se tomen las medidas
necesarias para que los ascensos y promociones pendientes se lleven a cabo,
destrabando el estancamiento de la carrera, estableciendo así la totalidad de
cargos vacantes y éstos sean llamados a concurso para permitir el ingreso de
los funcionarios que hoy se encuentran en la contrata. Asimismo, demandamos
que, en el caso de los profesores, se regularice la situación de los miles de
docentes que se encuentran a plazo fijo y se otorgue titularidad a aquellos profesores
que llevan tres años continuos o cuatro discontinuos para el mismo empleador.
5.5 . Escala y estructura de remuneraciones trabajadoras/es
públicos.
Solicitamos incluir en la Agenda de Trabajo Gobierno – MSP
la revisión de la Estructura de Remuneraciones de las y los trabajadoras/as
públicos caracterizada por una enorme dispersión salarial, inaceptables
discriminaciones, sobrepoblación de haberes que complejizan tanto su
comprensión como administración, ello con miras a converger en una estructura
de remuneraciones simplificada, que pague ingresos similares para trabajos,
responsabilidades, funciones, ambientes y calificaciones similares.
Esta es una tarea de primera relevancia en términos de
avanzar en la superación de las brechas e inequidades que se han establecido al
interior del Estado y que afectan significativamente a importantes segmentos de
trabajadores/as.
VI . CONDICIONES DE TRABAJO
6.1 . Asignación Técnico de nivel Superior.
Exigimos el reconocimiento de todos/as los/as
funcionarios/as públicos/as con título técnico de nivel superior a través del
pago de una asignación económica, ello en mérito de la culminación de estudios
técnicos post secundarios en entidades debidamente reconocidas por el Estado,
cuya duración sea de cuatro o más semestres. Ya sea que estas trabajadoras o
trabajadores pertenezcan al sector centralizado, descentralizado, municipal,
funcionarios regidos por en el artículo 2º de la ley Nº19.464, funcionarios de
la administración central de los DAEM/DEM, servicios traspasados o universidades
estatales, indistintamente del grado que ostenten.
6.2 . Asignación Profesional.
Demandamos el pago de la asignación profesional para
todos/as los/as profesionales que laboran en el Sector Público, ya sea en el
sector centralizado, descentralizado, municipal, servicios traspasados o
universidades estatales, funcionarios regidos por en el artículo 2º de la ley
Nº19.464 y funcionarios de la administración central de los DAEM/DEM, con la
sola excepción de aquellos regidos por la escala fiscalizadora.
6.3 . Asignación de Zona y Zonas Extremas.
Demandamos extender el beneficio de asignaciones de zona a
todas y todos los trabajadores del sector público, que laboran en localidades
que generan este derecho, incorporando así a aquellos funcionarios y funcionarias
que por distintos motivos hoy no la reciben.
Demandamos homologar la base de su cálculo, respecto a las
FFAA, para las trabajadoras y trabajadores de las regiones de Arica y
Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Aysén, Magallanes, las provincias
de Chiloé, Palena y las comunas de Cochamó, Isla de Pascua y Juan Fernández.
Bono zonas extremas: Solicitamos que este beneficio regido
por la ley N°20.313 se extienda a los funcionarios de la administración central
de Educación Municipal, DAEM, DEM y a la Administración de Educación, salud y cultura
de las Corporaciones Municipales. Junto a lo anterior, demandamos que este
beneficio se extienda a los trabajadores de Atacama, así como de las comunas de
Calbuco y Lonquimay, que dado su ubicación geográfica resulta igual su
aislamiento que la Isla de Chiloé.
Exigimos corregir la exclusión de los/as trabajadores/as
de las Universidades Estatales del acuerdo alcanzado en la anterior
negociación, respecto de la bonificación de imponibilidad para la bonificación
de zonas extremas.
Asimismo, demandamos otorgar el carácter de imponible a
las asignaciones de zona, ello con cargo al erario fiscal, dada la relevancia
en la renta que en muchas zonas alcanza, lo que redunda en un considerable menoscabo
en los ingresos al pensionarse, ello al no definirse esta asignación como
imponible.
6.4 . Viáticos.
Requerimos se concrete el acuerdo alcanzado en el proceso de
negociación del año 2012 y ratificado en 2013, en cuanto a establecer un
viático único, igualando y nivelando el monto de los viáticos al tramo más
alto, eliminando la diferencia de pago entre grados, que hacen discriminatorio
y desigual el pago de esta prestación a funcionarios y funcionarias de grados
inferiores. Dicho proceso de nivelación debe también incorporar la
racionalización de las diversas modalidades de viáticos parciales existentes
(parcial, de faena, de campamento, etc.) para nivelar sus montos con sus objetivos.
Asimismo, reiteramos la demanda de extender el derecho a viático para el
conjunto de los/as trabajadores/as públicos. Esto en atención a que dicho pago
tiene por fin compensar las necesidades de alimentación y alojamiento de los/as
funcionarios/as que se destina a desarrollar transitoriamente funciones fuera
de su lugar habitual de trabajo, ante lo que la diferenciación de monto resulta
absolutamente arbitraria y discriminatoria.
6.5 . Política de Autocuidado y Entornos Saludables.
Demandamos el desarrollo de una Política Nacional de
Autocuidado y Entornos Saludables que sea transversal al conjunto de los/as
trabajadores/as públicos, que promueva práctica y focalice recursos en función
de que los/as funcionarios/as públicos/as gocen de espacios de trabajo y
entornos laborales que prevengan la degradación de su salud, y su desempeño en
condiciones que permitan una mayor productividad.
VII . IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
7.1 . Remuneración íntegra bajo el permiso postnatal
parental.
Demandamos la modificación inmediata de la Ley de Postnatal
Parental para que todo/a funcionario/a que esté haciendo de dicho derecho, éste
sea reconocido como una licencia médica, por tanto con el derecho a la
mantención del total de su remuneración, correspondiendo su pago al servicio o
institución empleadora.
7.2 . Acoso Sexual y Laboral.
Requerimos que se avance en la dirección de garantizar que
la legislación respecto del Acoso Laboral y el Acoso Sexual garantice su
prevención, investigación y sanción de forma efectiva. Esto exige la
elaboración de un Reglamento de carácter transversal que determine el accionar
de las instituciones ante esta grave vulneración de derechos de los/as trabajadores/as
y especifique los procedimientos a seguir ante denuncias de este carácter,
particularmente en cuanto a la protección de las víctimas. Asimismo, demandamos
que en el marco de la incorporación plena de los/as funcionarios/as públicos/as
al procedimiento de Tutela de Derechos Fundamentales, establecido en el Código
del Trabajo, los Tribunales del Trabajo asuman la competencia respecto de estas
materias.
7.3 . Código de Buenas Prácticas Laborales.
Expresamos la necesidad de dar un marco legal obligatorio
del Código de Buenas Prácticas Laborales, perfeccionado sus contenidos y
aplicación. Su implementación, bajo el formato de instructivo presidencial,
tiene un importante valor para nuestras organizaciones, sin embrago es evidente
que resulta imperioso que diversas materias contenidas en el mismo, se reflejen
cabalmente en el ordenamiento jurídico, para dotar de fuerza normativa y obligatoriedad
a sus mandatos.
7.4 . Igualdad de Remuneraciones.
Relevamos la necesidad de perfeccionar la Ley Igualdad de
Remuneraciones, reconociendo adecuadamente el principio de Igualdad de Ingresos
en Trabajos de Igual Valor, generando incentivos y sanciones adecuadas a la
necesidad de erradicar las brechas de ingresos entre hombres y mujeres causadas
por las barreras que enfrentan las mujeres en la sociedad para desarrollarse en
igualdad de condiciones que los hombres.
7.5 . Planes de Igualdad de Oportunidades.
El Estado debe garantizar que un organismo especializado
elabore, asesore y evalúe la formulación de los Planes de Igualdad de
Oportunidades (PIO) entre hombres y mujeres a todo nivel, que tenga la
capacidad de proponer modificaciones a estos y sanciones a las empresas,
servicios o instituciones que no cumplan con los planes concordados.
VIII . LIBERTAD SINDICAL
Tal como lo expresamos, por medio de una carta dirigida a la
Presidenta de la República, el pasado mes de julio, la Mesa del Sector Público
ha conocido y debatido, con el mayor el interés, el anuncio realizado en su
alocución ante el Congreso Pleno el pasado 21 de mayo, en cuanto a evaluar “la
institucionalización de modalidades eficaces de negociación colectiva en el
sector público, estudiando mecanismos que se hagan cargo de sus especiales
particularidades”.
Entendemos que este anuncio se enmarca en el compromiso
adquirido en el Programa de Gobierno para “avanzar en el respeto a la libertad
sindical conforme a las normas y convenios que Chile ha ratificado en materia
laboral ”, en este caso, los Convenios 87, 98 y 151 de la OIT.
La profundización de la Libertad Sindical y el
fortalecimiento de la Negociación Colectiva son objetivos prioritarios para la Central
Unitaria de Trabajadores y las organizaciones integrantes de la Mesa del Sector
Público. En ausencia de una implementación legislativa, el Estado de Chile ha
venido dando cumplimiento al Convenio 151 de la OIT por medio de una “Práctica
Nacional”, de la que somos parte integrante, cuyos alcances y formatos deben
ser, sin duda, el punto de partida para todo proceso de cambios que busque
ampliar la Libertad Sindical y fortalecer la Negociación Colectiva para los/as
Trabajadores/as del Estado.
Es por ello que venimos a solicitar, en tanto actor
representativo para éste diálogo, se establezca un espacio de trabajo con la
Mesa del Sector Público, para conocer los alcances que su gobierno asigna al
anuncio sobre “ institucionalización de modalidades eficaces de negociación
colectiva en el sector público ”, así como para concordar un proceso de
discusión que permita arribar a los acuerdos necesarios para ampliar la
Libertad Sindical y fortalecer la Negociación Colectiva para los/as
Trabajadores/as del Estado, objetivos que sabemos son comunes al gobierno y a nuestras
organizaciones.
En lo inmediato, estimamos indispensable avanzar en materias
por largo tiempo discutidas y que constituyen las reformas mínimas necesarias a
la legislación vigente para eliminar las trabas vigentes al ejercicio de la
Libertad Sindical en el Sector Público:
demandamos superar las restricciones al pleno ejercicio de
la Libertad Sindical, por parte de los/as trabajadores/as del Estado, que
persisten en nuestro ordenamiento jurídico, tanto a nivel constitucional, como en
los distintos cuerpos legales que rigen a la función pública.
requerimos se cumpla con la obligación que tiene el Estado
de Chile de implementar los Convenios 87, 98 y 151 de la OIT, así como de
cumplir con las recomendaciones realizadas por los Órganos de Control de dicha institución,
y demanda la ratificación e implementación del Convenio 154 de la OIT sobre
Negociación Colectiva.
reclamamos la plena incorporación de los/as
trabajadores/as públicos/as al procedimiento de Tutela de Derechos
Fundamentales, para otorgar sede judicial a los/as funcionarios/as que vean
vulnerados sus derechos, y particularmente para garantizar la investigación y
sanción de las Prácticas Antisindicales.
Por la Central Unitaria de Trabajadores CUT y las 15
Organizaciones que componen la Mesa de Negociación Colectiva del Sector
Público.
ORGANIZACIONES GREMIALES