jueves, mayo 15



Acoso laboral.


La Contraloría General de la República se ha pronunciado recientemente sobre la competencia que le cabe a dicho organismo en situaciones de denuncia de acoso laboral, y el procedimiento que debe seguirse para su investigación. Lo ha hecho a través del dictamen Nº 19.327, de fecha 24-04-2008.

En términos generales, la Contraloría ha señalado que "La existencia de situaciones de acoso laboral es un aspecto que debe ser analizado en las instancias judiciales pertinentes o mediante la instrucción de un procedimiento sumarial, para precisar si de ello derivan infracciones administrativas. Los procesos disciplinarios de la ley 18834, son procesos reglados en cuya tramitación se consultan diversas instancias en las cuales los afectados pueden hacer valer sus planteamientos, las que tienen por finalidad garantizar una adecuada defensa con miras a configurar un debido proceso. Por tanto, Contraloría se pronunciará sobre la legalidad del proceso cuando los sumarios en contra del recurrente se envíen a ella para la toma de razón de los respectivos documentos que los afinen, sin desmedro de que considere como un antecedente las presentaciones que, eventualmente, se formulen en el trámite de toma de razón de los actos que aplican medidas disciplinarias.

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